El plazo para solicitar la nacionalidad española depende de varios factores, como la nacionalidad de origen. He aquí algunas informaciones útiles:

¿Cuándo puedo solicitar la nacionalidad española?

Muchos de nuestros clientes nos preguntan después de cuánto tiempo residiendo en España pueden solicitar la nacionalidad española. No hay una respuesta uniforme, ya que depende del país de origen y de su situación personal, como el estado civil, por ejemplo.

Se lo explicaremos:

Para que cuente el tiempo de residencia, es necesario residir en España al menos 10 años de forma legal e ininterrumpida, inmediatamente anteriores a la solicitud, de acuerdo con el artículo 22 del Código Civil español.

Sin embargo, el propio Código Civil prevé ciertos supuestos especiales que nos permiten presentar la solicitud de nacionalidad española antes de cumplir los 10 años de residencia.

Por ejemplo, se puede solicitar la nacionalidad española con sólo 5 años de residencia en España en los casos en que el solicitante haya obtenido el estatuto de refugiado en España.

En caso de ser nacional de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes, podrá solicitar la nacionalidad española en el momento de haber sido residente legal en España durante al menos 2 años, inmediatamente anteriores a la solicitud.

El artículo 22 del Código Civil establece además que basta con un año de residencia legal en cualquiera de los siguientes casos probados:

– Nacer en territorio español.

– En caso de que no se haya elegido la nacionalidad española en el momento en que la persona tenía derecho legal a elegirla.

– Haber estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos, aunque esta situación continúe en el momento de la solicitud.

– Estar casado con un ciudadano español durante al menos un año sin estar separado legal o físicamente.

– Ser viudo o viuda de español, en caso de que antes del fallecimiento del cónyuge no hubiera separación legal.

– Nacido fuera de España de padre o abuelo originariamente español.